22/11/19

“Nadie va a ser funcionario por sentencia, pero sí se va a reconocer la estabilidad”. Directo y rotundo, Manuel Martos, en el encuentro informativo mantenido en San Sebastián de los Reyes.


El letrado Manuel Martos , especialista en casos de trabajadores públicos en abuso de temporalidad, acudió a un encuentro informativo en San Sebastián de los Reyes, organizado por la sección sindical SINTTA del Ayuntamiento del citado municipio.

ENTREVISTA RESUMEN DEL ENCUENTRO (vídeo):




Con el objetivo de compartir su interpretación sobre las conclusiones presentadas por la Abogada General de la UE, Sra. Kokott, el pasado 17 de octubre ante el TJUE, el letrado dibujaba un panorama muy definido para los interinos/temporales de las distintas administraciones públicas españolas.

“España incumple la normativa, estáis en fraude de ley. Pero, con esto, Europa no ha dicho nada que no haya reconocido antes”

Para Manuel Martos el informe de la Abogada General de la UE era “previsible”. Y explicó que la esperada sentencia del TJUE “no va a resolver nada, sino a volver a evidenciar la situación de fraude de ley en que os encontráis“.

Dijo el letrado que las conclusiones de la Sra. Kokott son favorables en cuanto a que inciden en la situación de fraude de ley y hablan de sanciones, pero que su informe reconoce que no se puede sancionar con la fijeza, al menos no con la fijeza como la hemos interpretado, aunque sí con la ESTABILIDAD, que es lo que dicta la directiva europea cuando se reconoce a un trabajador/a en fraude de ley.

Martos resaltó que esa estabilidad en la Administración se articula al amparo legal del Art. 61 del EBEP, que el Tribunal Supremo matizó  con la figura del “indefinido no fijo” para los trabajadores/as que tengan reconocido el fraude de ley o, en base al Art. 61.6 y 61.7 del mismo EBEP, la consolidación mediante concurso de méritos. 

De manera que el letrado insiste en que la situación pasa, en cualquier caso, por tener  reconocido el fraude. Y como la Administración “nunca lo va a reconocer”, es necesario  que exista demanda previa.